Ley 26.815 de Manejo del Fuego
Habla del fuego que quema plantas, vivas o secas: bosque, parque, pastizal, matorral y también donde hay casas mezcladas con el campo. No es una norma de ciudad. Encender un fuego que pueda correrse es justo lo que esta ley quiere evitar.
La presente ley se aplica a las acciones y operaciones de prevención, presupresión y combate de incendios forestales y rurales que quemen vegetación viva o muerta, en bosques nativos e implantados, áreas naturales protegidas, zonas agrícolas, praderas, pastizales, matorrales y humedales.