Decreto-Lei 82/2021, artículo 66
Es la norma vigente de los incendios rurales y dejó sin efecto el Decreto-Lei 124/2006. Si en el municipio el peligro de incendio rural es muy elevado o máximo, no se puede hacer una hoguera por gusto o por fiesta. Cocinar con fuego solo se permite en un sitio preparado y señalado para ello. El aviso del día lo publican el ICNF y la protección civil.
Não é permitido realizar fogueiras para recreio, lazer, ou no âmbito de festas populares.